El «neoconstitucionalismo» y sus demonios
He aquí una traducción de un artículo sencillamente brillante, de indispensable lectura para entender mejor el fenómeno llamado de «neo-constitucionalismo».
He aquí una traducción de un artículo sencillamente brillante, de indispensable lectura para entender mejor el fenómeno llamado de «neo-constitucionalismo».
Respetuosamente discrepo sustancialmente del autor del artículo, John Locke cuando formula su propuesta tiene claro lo que cien años más tarde se aplicaría como los Check and Balance, que no es otra cosa que el Control del Poder, y particularmente creo existe un grave error conceptual del autor en relación a la «Ponderación», lo que él define como ponderación, en el Perú se soluciona simplemente con la jerarquía normativa señalada por la Constitución y por la Doctrina Jurisprudencial , en la sentencia emitida al respecto por el Tribunal Constitucional, y justamente «La ponderación» la enseño con el método del caso a docentes y magistrados. Que no es arbitraria pero tampoco es una herramienta que se use para resolver todos los procesos constitucionales, eso respetuosamente considero es un grave error-
Estimado Ramón, muchas gracias por comentar. Siempre es bueno discrepar. En lo particular, tengo mis dudas si, de hecho, existe un «grave error conceptual» sobre el tema de la ponderación, más aún si la base de la afirmación es lo que dijo nuestro TC. Ten presente que Humberto desarrolla el tema en su libro «Teoria dos princípios – Da definição à aplicação dos princípios jurídicos» (tiene traducción al castellano). Sea como fuere, sería interesante una respuesta crítica de tu parte contra las ideas de Humberto. Yo le puedo hacer llegar tu artículo sin problemas.
¡Saludos!