La historia no debe ser un mero recuerdo

Acabo de ver una reciente adaptación al cine del diario de Ana Frank y la verdad es que son muchísimos los sentimientos que las líneas que una niña de 13 años pueden transmitir. Uno, la pugna por no morir aún a costa de tantos sacrificios, como privarse de la libertad y soñar con caminar por la calle; otro, el horror vivido entre racismo, muerte y bombardeos; otro, la fortaleza anímica para sobreponerse a todo eso y amar, crecer, ilusionarse, en una palabra, de vivir. Esas líneas, concebidas por alguien a quien le tocó padecer un auténtico infierno, sirvió como uno de los documentos más preciados que sirvieron de testimonio para que las posteriores generaciones comprendan lo que significó la opresión nazi y todo el sufrimiento que ocasionó. Y todo parece indicar, para bien o para mal, que la humanidad -o al menos parte de ella- sí lo entendió.

Pero hoy no quiero hablar de lo que ocurrió hace tantos años en Europa, sino lo que aconteció en el Perú las últimas dos décadas del siglo pasado. Así como el diario de Ana Frank también hubo impactantes testimonios -menos conocidos pero no menos importantes- de las atrocidades que se vivieron en tantos lugares del Ande peruano durante la época del accionar de Sendero Luminoso; sin embargo, a diferencia del texto de la valiente holandesa, tal parece que la  sangrienta historia sufrida y conocida por un gran porcentaje de los peruanos aún vivos, no ha sido una lección que se haya aprendido del todo.

Esto queda lamentablemente claro cuando un grupo de jóvenes crean un partido político, reúnen más de 300 mil firmas para inscribirlo, pero dicen tener como ideología el marxismo-leninismo-maoísmo-pensamiento gonzalo; aseguran que Lucanamarca o Tarata son hechos políticos y no actos terroristas; califican a Abimael Guzmán como un filósofo, un político, un hombre que es consecuente con sus principios; y piden amnistía para todos, absolutamente todos, los partícipes del conflicto armado que vivió el país por causa de movimientos como Sendero Luminoso, MRTA, y otros.

En efecto, sin lugar a dudas algo anda muy mal.

Muchos se preguntan cómo es que esto puede estar sucediendo nuevamente. ¿Cómo es que estos jóvenes no son capaces de aceptar que lo que hubo fue una barbarie? ¿Cómo es que califican como «excesos» a las matanzas y masacres? ¿Cómo es que pueden pregonar exactamente la misma ideología que sirvió para justificar crímenes tan atroces so pretexto de la lucha de clases y de la revolución armada? Las respuestas tan incoherentes y contradictorias que los dirigentes del Movadef dan a estas preguntas pueden llegar a desesperar, porque da la impresión que uno habla con gente que no es capaz de ver las cosas como son. Esto le ha ocurrido, por ejemplo, recientemente, a una incisiva periodista como Patricia Del Río, quien perdió los papeles al no convencerlos con sus razones y argumentos, y algo similar ocurrió con Beto Ortiz, quien expulsó de su set al abogado de Abimael Guzmán porque no toleró que éste siga defendiendo a un asesino. Curiosamente, Luz Salgado estaba también en el set pero a ella no la echaron.

Pero esta no es la manera de combatir esta amenaza para la democracia que significa el Movadef (pues un grupo de personas que pretende ingresar al escenario político pregonando el «pensamiento gonzalo» lo es). De nada sirve que se le pregunte a Melinda Aranda, dirigente de dicho partido, qué pensaría si su madre hubiera sido violada por terroristas, o que se vocifere que Abimael Guzmán es el más grande asesino de la historia del país. Es claro que esto no mella en lo absoluto la convicción que estos muchachos tienen en lo que les han enseñado. Es preciso cuestionarlos y desacreditarlos desde otra perspectiva: la ideológica. Es ingenuo tratar de sensibilizarlos porque alguien que cree que Lucanamarca es un hecho político ya está blindado contra eso. Ellos están plenamente convencidos de su discurso político, por más desfasado y absurdo que sea, pero la raíz de sus planteamientos y sus asertos contienen una base ideológica que es necesario atacar. Así, se requiere debatir con ellos sobre el concepto de guerra, terrorismo, comunismo, pensamiento gonzalo, marxismo, pero no gritando, sino dejándolos hablar, permitir que balbuceen, que se confundan, que se contradigan. Si hay una diferencia entre ellos y Guzmán, es que éste sí leía y sí entendió lo que leía (sólo que ilusamente creyó que lo podía aplicar en la realidad peruana), mientras que aquellos apenas conocen las obras vinculadas al pensamiento que dicen defender.

Hace algunos días apareció un reportaje en «Tribuna abierta» -programa conducido por Rosa María Palacios- que trató en buena medida de cuestionar los puntos antes mencionados. Quedó evidenciada la ignorancia de los jóvenes del Movadef cuando no supieron responder qué pensaba Mariátegui de Gonzáles Prada, o cuando rehuyeron conversar sobre «El capital» de Marx. Aquí el periodista dio en el clavo: los muchachos están en la calle, y no resistirían el menor cuestionamiento por alguien con un buen manejo de conceptos políticos y jurídicos vinculados al tema de Sendero. Y es precisamente aquí donde hay que atacarlos con intensidad y sin piedad, pero siempre con respeto y de forma alturada.

No quedan dudas que Ortiz, Del Río, Delta y Thondrike son buenos conductores de noticieros, pero adolecen de una argumentación sólida (al menos así lo han demostrado con sus entrevistas) para rebatir ideológicamente a los partidarios del Movadef. Sus preguntas lo único que hacen es darles protagonismo y, para colmo, quedan mal parados cuando se desesperan porque sus interlocutores no les dan la razón en nada de lo que dicen. Este tipo de debates no sirven para nada y deben evitarse. Estos periodistas deben traer a Gustavo Gorriti, a Martín Tanaka o a Julio Cotler para que sean ellos los que hagan los cuestionamientos, y con esto no se están rebajando; todo lo contrario: con su intelecto le harán un gran favor a su país.

Entonces, es la ideología del Movadef lo que debe ser destruido. A ello debe acompañarse, claro está, una intensiva educación en los colegios y universidades sobre lo que significó Sendero Luminoso y un arduo trabajo por parte de los partidos políticos, mediante el adoctrinamiento, a fin de desbaratar los numerosos comités del Movadef que se han conformado a lo largo del país. Es aquí donde éstos deberán demostrar que el afán electoral no es lo único que les importa. Todo ello servirá para que la historia no sea un mero recuerdo y que todos esos testimonios hablados, escritos e inmortalizados en una fotografía o en un vídeo, calen en la memoria de todos los peruanos, exactamente igual que el inmortal diario de Ana Frank.

Entrevista a Ollanta Humala

Con un presidente que no suele hablar mucho -ojalá que ello se traduzca en trabajo duro en beneficio del Perú-, es importante todo lo que pueda decir en una entrevista, sea a un medio peruano o extranjero. Aquí va el link de una entrevista que le concedió al diario El País de España.

http://internacional.elpais.com/internacional/2012/01/22/videos/1327240591_842230.html

 

De curadores procesales que representan mal y otras criolladas

A nuestra infausta Corte Suprema no se le ocurrió mejor idea que legitimar el estratagema perfecto para dilatar el proceso: comparecer al proceso interponiendo un recurso de casación, alegando que el curador procesal «no lo representó» bien. Lo que este astutísimo recurrente pretendía lo consiguió, pues la Suprema anuló todo el proceso… ¡y ordenó que se le notifique nuevamente al demandado! A continuación la sentencia y una opinión mía al respecto.

Medios probatorios de oficio: ¿deber o facultad?

El artículo 194 del CPC es uno de los que más polémicas ha despertado y, también, uno de los que nuestra jurisprudencia suprema, para nuestra mala suerte, peor ha entendido. Recuerdo haber leído muchísimas sentencias contradictorias y, en algún momento, se comenzó a avizorar una tendencia que reconocía que no se podía «obligar» al juez de primer o segundo grado a ejercitar su «facultad» de iniciativa probatoria de oficio (si es facultad, entonces no hay obligación). No obstante, una reciente sentencia tiró todo eso por la borda y le dio una nueva -e inverosímil- interpretación a este manoseado enunciado normativo contenido en el art. 194 CPC. No pude resistir hacer una pequeña opinión que fue publicada en la edición de septiembre del año pasado en la revista Diálogo con la Jurisprudencia. Comparto con Uds. la sentencia, mi opinión y el comentario elaborado en Gaceta Jurídica al respecto.

Breve coloquio sobre el doble grado y la nulidad procesal

Hace algunos días leí un artículo en la publicación virtual «Enfoque Derecho» de la PUCP, en el cual se argumentaba a favor de la abolición del doble grado de jurisdicción en nuestro país, y por ahí también se habló sobre la nulidad procesal (http://enfoquederecho.com/de-la-efectividad-del-nunca-jamas-desacralicemos-la-doble-instancia/). Lo cierto es que no pude resistir dar alguna opinión al respecto y, aunque los editores de dicho sitio web tardaron varios días en publicar el comentario, felizmente ya lo hicieron y lo transcribo a continuación.

(Cabe acotar que las referencias que no tienen que ver con el tema de fondo se explican leyendo el artículo y los comentarios anteriores al mío).


Estimado Fabio:

Qué gusto saludarte. Es francamente lamentable que hayas reaccionado de esa manera, cuando lo único pertinente por hacer era admitir el lapsus (pues es claro que te equivocaste en el nombre del libro). Tampoco era necesario hacer una disertación sobre filosofía del Derecho tratando de demostrar que sabes más que la persona que te hizo ver tu error, ¡y ni siquiera se conocen! Aconsejo mayor tino para una próxima oportunidad.

Pero más allá de eso, he leído con atención tu artículo y los argumentos que expones para atacar la institución del doble grado (denominación más técnica que doble instancia, por cierto) son ya bastante conocidos. Al respecto, existen escritos de Mauro Cappelletti, Nestor Oreste de Souza Laspro y Luiz Guilherme Marinoni que buscan justificar que el doble grado bien puede perjudicar el debido proceso del demandante vencedor en primer grado, y muchas otras razones adicionales. Inclusive, este último autor hace una análisis de la Constitución Federal brasileña concluyendo que ésta no garantiza aquella institución. Te recomiendo leer dicho artículo, se trata de “El doble grado de jurisdicción”, publicado en la Revista Jurídica del Perú, N° 104, octubre 2009, cuya traducción fue hecha por quien escribe. Tras su lectura, quizá adquieras una mayor convicción respecto de tu postura, porque los argumentos de Marinoni son muy fuertes.

Para no extenderme demasiado, quisiera criticar apenas dos aspectos de tu artículo.

1. Tu principal preocupación puede resumirse en la afectación a la duración razonable del proceso y todo el tiempo que implica la necesaria existencia del pronunciamiento por parte de la Sala revisora. Cierto, es un problema grave que el expediente duerma cerca a 1 año en la oficina del juez revisor esperando a que éste sentencie (ciertamente las apelaciones de autos duran mucho menos). Qué duda cabe que se agravia el debido proceso, en su manifestación del derecho a la duración razonable del proceso, pero esto es únicamente una cara del problema.

En efecto, la otra cara es lo que José Carlos Barbosa Moreira denomina “efectividad calificada del proceso”. ¿Qué quiere decir esto? Que el proceso no sólo debe procurar llegar a su término lo más pronto posible sino, y quizá mucho más importante que eso, es que la decisión sea justa. No estoy diciendo que esa sea la razón para que exista el doble grado, sencillamente pienso que no se puede sacralizar la duración razonable del proceso en desmedro de la calidad de la prestación jurisdiccional (lo cual es también una exigencia constitucional). En realidad, el proceso debe durar lo que tenga que durar, no hay que desesperarse, ni tampoco hay que tomar como premisa, por ejemplo, lo que los últimos presidentes del Poder Judicial suelen decir: lograr una mayor celeridad procesal. ¿De qué sirve la celeridad (entiéndase, que el proceso acabe rápido) si las decisiones de los jueces son pésimas? Así, lo que expones es solamente una parte del discurso, el cual no puede entenderse sin la otra. Y, es claro, sin la presencia de ésta, tu exposición está severamente incompleta.

Por otro lado, tu artículo comienza hablando de la relación entre Derecho y realidad. Curioso. Hay dos detalles en esta relación, al menos en lo que atañe a nuestro ordenamiento jurídico, que parece has pasado por alto. El primero es la preparación de los jueces (cosa que dejas de lado y yo no entiendo por qué), lo cual se ve reflejado en la calidad de sentencias que emiten. Así, con el nivel de jueces que tenemos, ¿en serio crees que el doble grado es un estorbo? El segundo detalle es la garantía de la pluralidad de instancias que expresamente reconoce nuestra Constitución. Si bien es muy criticable la forma en que se encuentra plasmado, hay que darle un contenido a esa disposición, como lo hizo el TC hace poco en el hábeas corpus de Fujimori. Pienso que si buscas criticar la figura del doble grado, mínimo debiste hacer referencia a esta norma constitucional y criticarla.

Finalmente, el gran problema de tu artículo sobre este tema es que buscas abolir el doble grado, ¡pero no das una propuesta concreta ni cómo podría implementarse en nuestro país! Sin esto, me temo que no cumples con tu objetivo de persuadir, como lo afirmas en alguna parte del texto.

2. Por cosas de la vida, he venido investigando el tema de las nulidades hace poco menos de 3 años. Al respecto, es correcto cuando afirmas que la nulidad es dialécticamente opuesta al proceso y cuando éste avanza, aquella retrocede. También es claro, por no decir obvio, que mientras más nulidades se interpongan, si el juez las declara fundada, el proceso no podrá avanzar. Sin embargo, me parece insostenible esta frase tuya: “No quiero abundar más para persuadirlos de que las impugnaciones interpuestas en los casos en que se adviertan errores in procedendo no tienen ninguna justificación”. Nuevamente ofreces la mitad del discurso. La nulidad es mala, debe ser evitada, retrasa la prestación jurisdiccional, pero no reflexionas por su razón de ser. Si es tan nociva, ¿por qué crees que ha sido un elemento consustancial a la idea de proceso desde Roma, cuando se identificaba la nulidad con la inexistencia? Muy sencillo: la nulidad es un mal necesario porque es el remedio idóneo para rehacer lo mal hecho, para reencaminar el procedimiento que no sigue su cauce normal. Así, si un acto procesal está defectuosamente construido y el vicio no puede sanarse, entonces éste debe anularse con todos los actos que de él dependan. Si se expide una sentencia tras un proceso con un representante falso de la parte demandada, entonces debe anularse. Por supuesto, no se puede abusar de la nulidad, porque es un remedio excepcional (por cierto, no hago uso de esa absurda clasificación entre recursos y remedios que plantea nuestro CPC), pero es absolutamente imprescindible para corregir lo mal hecho. Pero de ahí a afirmar que no tiene justificación es un gravísimo error. ¡Claro que la tiene! En realidad, las cosas no son tan simples como pareces creer. Que la nulidad sea mala no quiere decir que deba ser desterrada, exactamente igual que el doble grado. Otra cosa muy distinta es procurar fundamentar, mediante un riguroso análisis histórico, que ya no exista el reenvío en casos de pedidos de nulidad contenidos en impugnaciones recursales, como ocurría en algunos estatutos italianos del siglo XII. Pero esto es otra discusión que no es pertinente traerla a colación porque no la has mencionado.

Finalmente, creo que el primer comment a tu texto trae una recomendación que deberías seguir sí o sí: leer a Eugenia Ariano. El artículo de Priori del que extraes muchas de tus ideas (n. 8) tuvo su réplica en uno de Eugenia algún tiempo después, y por buena fuente sé que cuando ellos se encontraron, Priori admitió que su postura estaba equivocada.

Recibe un saludo cordial.

Nulidad procesal (publicación virtual)

Hace un tiempo la página web Civil Procedure Review, a cargo del profesor de la UERJ, Antonio do Passo Cabral, publicó un artículo de mi autoría, que hablaba sobre algunos aspectos de la teoría de la nulidad procesal. Comparto con ustedes el link:

http://www.civilprocedurereview.com/index.php?option=com_content&view=article&id=208%3Ala-declaracion-jurisdiccional-de-nulidad-en-el-proceso-civil-cinco-topicos-fundamentales&catid=61&Itemid=96&lang=pt

Entrevistas y entrevistas IV

Una esclarecedora entrevista con el actual Ministro de Justicia, Francisco Eguiguren Praeli.

¿Hablemos sobre inversiones?

Sobre la reforma de la Constitución se ha hablado hasta decir basta, al menos a nivel político y periodístico, pues quizá falte que la doctrina afronte el tema desde una perspectiva realmente crítica y sin privilegiar pasiones. Sea como fuere, los detractores han esgrimido muchas razones -muy válidas, por cierto- para evitar el cambio constitucional o, al menos, la reforma de la Carta Magna. Una de las principales es que podrían surgir problemas con las inversiones, puesto que para que éstas se desarrollen se requiere estabilidad, una estabilidad que sólo lo puede dar la no modificación del capítulo económico de la Constitución (al parece, todo se centra en este punto).

Al fin y al cabo, es totalmente válido que cualquier persona exprese sus opiniones. Todos estamos en el derecho de dar conocer qué es lo que pensamos sobre esta inocultable voluntad del Gobierno por tener una nueva Constitución. Sin embargo, hay ciertas personas que, por su cargo o la función que desempeñan, no deberían hablar de estos temas. Una de ellas, en mi opinión, sería el presidente del órgano constitucional que se encarga de hacer cumplir la Constitución. Por desgracia, el presidente del Tribunal Constitucional patrio no lo entiende así y dijo que le parece inoportuno hacer cambios en la Constitución porque los cambios pueden afectar las inversiones en el país (El Comercio web: http://elcomercio.pe/politica/1314755/noticia-tc-inoportuno-hacer-cambios-constitucion).

Al leer esta noticia, inmediatamente quedé pasmado: ¿Es que Carlos Mesía, por la alta función que desempeña, puede opinar sobre cambios constitucionales que legítimamente se están discutiendo en el Congreso? ¿Es que es políticamente correcto, alturado, que este señor  ande expresando lo que piensa sobre las inversiones? ¿Qué eso no le corresponde a las autoridades del Ejecutivo o del Congreso? Personalmente me parece inaceptable que quien, por su cargo, está sometido a la Constitución y debe hacerla cumplir diga, alegremente, que «le parece inoportuno» que aquella sea cambiada.

Pero, ¿realmente está preocupado por las inversiones? ¿No querrá acaso evitar que una nueva Constitución limite los poderes del TC (como sería deseable, desde mi punto de vista)? Lo cierto es que existe, por decirlo de alguna manera, un «conflicto de intereses» entre lo que él hace y lo que ha dicho, menos aún cuando él, como presidente del TC, no tiene por qué interferir en la discusión que se viene llevando sobre la reforma constitucional. Es más, me atrevería a decir que él la última persona que debería hablar del tema, y lo que ha hecho es cometer una falta gravísima desde una perspectiva de la ética en la función pública. Pero claro, si ni por sus sentencias ha sido castigado, menos aún lo será por sus destinadas declaraciones.

Habrá que desentrañar qué es lo que exactamente pretende conseguir o qué o a quién quiere influenciar (pues un hombre como él no dice las cosas por decirlas); eso se lo dejamos a quienes tienen habilidad para ello. Por nuestra parte, como ciudadanos, debemos repudiar esta conducta y poner en su sitio a este señor, cuyo mandato como juez constitucional ya venció y debe irse de una vez.

 

Entrevistas y entrevistas III

Hace un par de meses le hice una entrevista al hoy presidente de la Comisión de Constitución del Congreso, Freddy Otárola. A ver si descubren qué fue lo que me dijo aquella vez, que fue exactamente lo contrario a lo que hizo hace algunas semanas. ¡Ay, los políticos!

El precio de no ser igual


¿Cuál es la solución para el problema de la inmigración en EEUU, y más concretamente, de la inmigración latina? ¿Algún día se llevará a cabo la reforma migratoria de la que habla Obama pero que definitivamente no la podrá hacer en este periodo? Son preguntas difíciles, complicadas, complejas.

El problema de la inmigración no es únicamente, como muchos lo quieren ver, una violación sistemática, por parte de los migrantes, de las leyes de extranjería: entraña, en realidad, un problema social gravísimo que se origina en los propios países latinos, en donde ya no hay más oportunidades para mucha gente.

Es claro que EEUU, como país, debe defender su integridad, pues tiene el derecho (y el deber) de controlar la ola migratoria que amenaza sus estructuras sociales y políticas. Hay muchos caminos, ciertamente, que pueden ser recorridos; cada uno de los Estados afronta su problema como cree conveniente, pero lo que hemos visto en Arizona, Texas, y ahora recientemente, Alabama, da mucho que pensar sobre la mentalidad de las autoridades políticas. Las medidas tomadas son claras: los migrantes son una enfermedad que hay que perseguir y exterminar, exactamente igual al nazismo frente a judíos, gitanos, homosexuales, pero esta vez ya no mediante ejecuciones extrajudiciales, sino mediante una «muerte social», es decir, despojarlos de la vida social que normalmente tiene una persona: bloquear la educación, impedir el libre tránsito.

Y todo esto sin contar con la profunda discriminación y el repudio que la propia gente norteamericana tiene, al sentirse invadida. Hace falta apenas un poco de sensibilidad para imaginarse el infierno que deben estar pasando nuestros hermanos latinoamericanos, desarraigados de sus hogares y en un país en donde los miran por sobre el hombro.

Les dejo con este video y la respectiva crónica, que resume un poco lo que quiero transmitir.

http://blogs.elpais.com/usa-espanol/2011/10/alabama-estrena-la-ley-mas-dura-de-todo-el-pais.html