Tutela cautelar y anticipación de tutela en Brasil: fundamentos para una reforma del proceso civil peruano

Amigos, sigue a continuación mi último artículo, a ser publicado en la obra colectiva «Ovídio Baptista da Silva e a ciência processual civil brasileira«, coordinada por Pedro Henrique Nogueira. En este texto, además de hacer una diagnóstico de la experiencia brasileña sobre el tema dirigido a países de habla hispana, muestro algunas inquietudes iniciales que serán posteriormente desarrolladas en mi tesis de maestría en la Universidade Federal do Rio Grande do Sul (UFRGS). Asimismo, esas líneas contienen una firme esperanza de que en el Perú, a partir de lo sucedido en Brasil, podamos aspirar a una verdadera reforma de nuestro proceso civil que traiga como resultado no otra cosa que una tutela más efectiva de los derechos.

¡Espero que sea de su agrado!

http://www.academia.edu/4307919/_Veinte_anos_no_es_nada_Tutela_cautelar_anticipacion_de_tutela_y_reforma_del_proceso_civil_en_Brasil_-_Un_diagnostico_para_el_Peru

Negociando con las FARC: ¿se cambia justicia por paz?

Niños en las FARCColumna publicada en Consulta Previa.

Para nadie es desconocido el intenso y larguísimo que involucró, por más de cincuenta años, al Estado Colombiano y a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Tampoco es novedad las esforzadas conversaciones de paz que vienen ocurriendo en La Habana para ponerle fin a esa desgarradora conflagración que ya tomó la vida de más de 200 mil colombianos (más del triple del número de muertos tras el conflicto armado contra Sendero Luminoso, en el Perú).

Pero un acontecimiento causó una enorme conmoción y que quizá sea un punto de no retorno en la historia del país norteño: el expreso reconocimiento de los dirigentes de las FARC que su accionar causó “víctimas y dolor” y que están dispuestos a indemnizar a todos los afectados. Ello es de suma relevancia porque el grupo armado, desde siempre, dijo defender al pueblo colombiano.

Está fuera de discusión que las FARC incurrieron en actos terroristas y violaron gravemente las convenciones internacionales sobre los conflictos armados. En efecto, hubo ataques a la población civil como secuestros, asesinatos selectivos, bombardeos, desplazamientos forzados y uso de coches-bomba, ejecuciones extrajudiciales, reclutamiento forzado de niños, violaciones sexuales contra niñas reclutadas, muerte y mutilaciones por minas antipersonales, entre muchísimas otras. Un rápido repaso de las acciones militares de las FARC demuestra el horror y la atrocidad que guió, por muchos años, el comportamiento de este grupo paramilitar.

No obstante, la histórica declaración de las FARC ya había sido precedida de un expreso reconocimiento, por parte del presidente Juan Manuel Santos, en el marco de una audiencia ante la Corte Constitucional colombiana, de que el Estado colombiano era responsable de violaciones al derecho internacional humanitario. Él mismo estaba defendiendo la impugnación que se había hecho contra el proyecto de reforma constitucional (el llamado “Marco Jurídico para la Paz) impulsada por el Congreso y apoyada por el Ejecutivo, y allí, frente a decenas de periodistas, fue donde lo dijo solemnemente.

No es posible negar que ambos lados desean la paz. Y la voluntad por crear condiciones que la aseguren ha llevado al Gobierno colombiano a intentar reformar su Constitución, lo cual, ciertamente, es un acontecimiento sui géneris en la solución pacífica para este tipo de conflictos internos. La intención es clara: se quiere garantizar de la forma más segura posible que los guerrilleros que depongan las armas y se desmovilicen de la zona de conflicto puedan reinsertarse a la sociedad. No es extraño, por tanto, que organizaciones nacionales e internacionales (especialmente la Human Rights Watch) hayan expresado su gran preocupación al respecto, puesto que, de prosperar esta reforma, se estaría generando un sombrío clima de impunidad, en donde, si bien algunos recibirían castigo por sus crímenes, de hecho, habrían otros que saldrían limpios de polvo y paja.

De lo anterior no hay duda: la modificación prevé un sistema de justicia de transición, a ser regulado mediante ley estatutaria por el Congreso, que presupone mecanismos extrajudiciales para el esclarecimiento de la verdad, seleccionando los crímenes prioritarios a enjuiciar (el proyecto habla únicamente de los crímenes de lesa humanidad), renuncia a la persecución penal de otros, todo ello aplicable tan sólo a aquellos que hayan sido parte del conflicto armado interno que se desmovilicen individual o colectivamente. En otras palabras, se está tratando de crear, constitucionalmente, un régimen (y, también, una jurisdicción paralela) especialísimo más benevolente con los partícipes del conflicto. Según los impulsores del proyecto de reforma, todo ello es indispensable para asegurar el proceso de paz que se está llevando a cabo actualmente.

Por su parte, la Corte Constitucional deberá pronunciarse en esta semana sobre la constitucionalidad del proyecto, en lo que seguramente será un fallo histórico. Curiosamente, algunos han señalado que si el proyecto no prospera, ello no perjudicaría en nada las negociaciones con las FARC. Pero, ¿será ello realmente cierto? ¿Aceptarán las FARC ser juzgadas como cualquier otro criminal de guerra? Aún más: ¿Es realmente la voluntad del pueblo colombiano –sobre todo de aquellos afectados directa o indirectamente por los terribles crímenes del grupo armado– de que el conflicto armado llegue a su fin otorgándole a las FARC una justicia distinta a la que, hoy, prevén la Constitución y los tratados internacionales? ¿Debe sacrificarse la justicia (la verdadera, la que exige tratar a todos por igual) por la paz?

Es verdad que cada Nación debe solucionar sus problemas de la mejor forma posible, y la experiencia que ha tenido el pueblo colombiano frente al conflicto armado es única, incomparable. Muchas personas han nacido y muerto cuando éste ya existía, pero muchas estarán vivas cuando las FARC depongan, de forma definitiva, las armas, si es que lo hacen. No obstante, de una u otra manera, habrá un precio que los colombianos tendrán que pagar, quizá uno mucho mayor al que ya han pagado injustamente: y es que no será fácil ver caminando por la calle a quien asesinó o secuestró a tu padre o a tu hijo, y saber que no habrá condena para él.

ACTUALIZACIÓN 23/08/2013http://elcomercio.pe/actualidad/1621300/noticia-farc-anunciaron-pausa-dialogo-paz-colombia

http://internacional.elpais.com/internacional/2013/08/22/actualidad/1377205171_334984.html

Fujimorismo e injerencia en el Judicial: recordar para no volver a vivir

Foto: El Comercio

Foto: El Comercio

Artículo publicado en Consulta Previa.

La Constitución Política del Perú prohíbe expresamente que cualquier autoridad (sea el Presidente de la República, el ministro de justicia o el Presidente del Poder Judicial, por ser juez supremo) interfiera en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales (artículo 139, inciso 2, segundo párrafo). Si lo hace, existe infracción a la Constitución, cabe la acusación constitucional, la cual, previo antejuicio político, puede degenerar en una suspensión o destitución del funcionario acusado e, inclusive, inhabilitación para ejercer cualquier función pública hasta por diez años (arts. 99 y 100).

Así, si la Comisión Permanente decide acusar al ministro Jiménez Mayor y al juez San Martín, y el Pleno del Congreso acoge la acusación (nota: contra Pedro Cateriano no procede), entonces deben ser drásticamente sancionados. Más allá de cualquier responsabilidad administrativa o penal, es importante que se imponga responsabilidad política a quien interfiera o pretenda interferir con el desempeño del ejercicio de la jurisdicción, sea cual fuere el juez que la ejerza.

Sin embargo, es particularmente curioso la forma cómo viene siendo impulsado este pedido de acusación constitucional o, más concretamente, cuál es la bancada del Congreso que, con mayor entusiasmo, ha puesto el grito en el cielo ante este hecho probable de injerencia en el Poder Judicial. Se trata de la bancada que, durante años, defendió al régimen que no tuvo mayores reparos en aniquilar el servicio de justicia peruano ni colocarlo bajo sus pies, todo para que no obstaculice la realización de sus nefastos planes. Por eso, ante esta grave coyuntura, vale la pena un recordaris, apoyado en el Segundo Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en el Perú de 2000, elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

El golpe de 1992 significó el quiebre del orden constitucional no sólo porque disolvió el Congreso cuando la Constitución no lo permitía, sino también porque echó a la calle a trece de los 25 miembros de la Corte Suprema, a todos los miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales y del Consejo Nacional de la Magistratura, el Fiscal de la Nación y 134 jueces y fiscales, con base en decretos leyes, sin ningún tipo de procedimiento administrativo. Todos fueron sustituidos por el Ejecutivo y por la mayoría en el Congreso. Pero un aspecto particular fue la situación de los jueces y fiscales, puesto que la provisionalidad que propició el fujimorismo llegó a la escandalosa cifra de 85%. La explicación es muy sencilla: si algún juez o fiscal hacía algo “incorrecto” a los ojos del régimen, era echado. Al fin y al cabo, no tenían ninguna estabilidad: apenas eran provisionales, no habían ingresado por concurso público y, por tanto, eran fácilmente descartables.

El control del Poder Judicial, como es claro, sirvió, por ejemplo, para perseguir a enemigos políticos (Ivcher, Jaime Mur), resolver favorablemente causas con clara implicación política (el amparo de Martha Chávez), para que no prosperen denuncias por ataques y hostigamientos a candidatos, por interceptaciones telefónicas, por torturas como la perpetrada contra Leonor La Rosa, entre otras.

Luego de la arbitraria colocación, en el Judicial, de autoridades adeptas al régimen, cómo olvidar la famosa Comisión Ejecutiva de la Magistratura (Ley n. 26546), conformada por jueces que Fujimori colocó y que tuvo como Secretario Ejecutivo no a un juez, sino a un militar en retiro como Juan Dellepiane. Aún más: esta Comisión creó 16 nuevos plazas para jueces supremos y nombró a igual número de jueces provisionales. ¿Cuál fue la consecuencia? Entre ellas, que la elección de todos los cargos que a la Sala Plena le correspondía (como el jefe del Jurado Nacional de Elecciones) estaba controlada por el fujimorismo.

Cómo olvidar, asimismo, la tenebrosa conducción del Ministerio Público a cargo de Blanca Nélida Colán quien, en su misión de “reorganizar” su institución, no hizo más que mutilar sus facultades para hacerlo inoperativo e inerme contra el régimen. Tampoco es posible dejar de recordar a Miguel Aljovín Swayne, Fiscal Supremo Adjunto Titular expulsado por Colán pero que, valientemente, regresó al Ministerio Público como Fiscal Supremo Titular, vía concurso público, y que llegó, en 1997, a ser Fiscal de la Nación, con todas las intimidaciones y denuncias que tuvo que soportar.

Otro hecho no menos nefasto que los anteriores fue la cobarde acusación constitucional contra Guillermo Rey Terry, Manuel Aguirre Roca y Delia Revoredo Marsano, jueces del Tribunal Constitucional que decidieron declarar la inconstitucionalidad de la famosa ley de interpretación auténtica. La escaramuza fue la siguiente: se les acusó de haber usurpado las funciones que le correspondían al Colegiado por el simple hecho de haber resuelto, apenas estos tres jueces, un pedido aclaratorio contra el voto que ellos firmaron. Esa “usurpación” llevó a su destitución y a que el Tribunal Constitucional funcione, en lo sucesivo, sólo con cuatro miembros y sin quorum para cuestionar la inconstitucionalidad de una ley.

Finalmente, nótese bien que este pequeño recuento histórico no pretende opacar, en lo absoluto, la gravísima responsabilidad política que tendría Jiménez Mayor y San Martín. No se trata, como lo viene haciendo el partido de gobierno y otras bancadas de la oposición, de restar importancia a ese condenable hecho apenas porque el fujimorismo “está tratando de desestabilizar al régimen”. De hecho, en mi opinión, lo está haciendo con el claro propósito político de obligar a negociar a Gana Perú. Sin perjuicio de ello, es absolutamente necesario que se imponga el Estado de Derecho, y que quien viole la Constitución reciba el castigo que merece, principalmente si se trata de un autoridad tan importante como es la de un ministro de Estado o el presidente del propio Poder Judicial, ese que decía defender, a toda costa, la independencia de sus pares.

Contra el neo-constitucionalismo: una opinión de Riccardo Guastini

Riccardo Guastini

Riccardo Guastini

Riccardo Guastini probablemente sea el teórico del Derecho vivo más importante a nivel mundial. Por ello, su opinión sobre el neoconstitucionalismo merece ser conocida y meditada. Sigue a continuación la traducción del artículo «A proposito di neo-costituzionalismo» al castellano, realizada por mi amigo Vitor de Paula Ramos y por quien escribe.

La referencia es: GUASTINI, Riccardo. “A propósito del neoconstitucionalismo”, trad. Renzo Cavani. En: Gaceta Constitucional, n. 67. Lima: Gaceta Jurídica, junio 2013 (revisión técnica de Vitor de Paula Ramos), pp. 231-240.

¡Espero que sea de su agrado!

Sendero Luminoso: entre el conflicto armado y el terrorismo

Foto: La República

Foto: La República

Interesantísima columna de un querido amigo, cuya lectura recomiendo mucho. Sólo pido que sea leído sin ningún tipo de prejuicios porque se trata de una opinión técnica, de especialista en la materia. La versión completa fue publicada en Themis, 63.

http://enfoquederecho.com/el-peru-de-1980-a-2000-¿conflicto-armado-o-delincuencia-terrorista/

Jóvenes peruanos: ¡indignaos!

Foto: Paolo Aguilar, EFE

Foto: Paolo Aguilar, EFE

Artículo publicado el 6 de agosto en Consulta Previa.

Hace algunas semanas los peruanos fuimos testigos de unas protestas callejeras en Brasil sin parangón. Los brasileños salieron a las calles día tras día, entre otras cosas, reclamando servicios públicos de primera calidad, condenando la galopante corrupción que es moneda corriente en ese país y quejándose airadamente por los desmedidos gastos del gobierno por causa de la Copa del Mundo. El aumento de veinte centavos del pasaje del transporte público fue apenas fue la gota que derramó el vaso ¿El resultado? Dilma Rousseff bajó las revoluciones, dijo que había que escuchar la voz del pueblo, convocó reuniones con los líderes de la protesta, prometió que los ingresos del petróleo se dirigirían exclusivamente a la educación, y hasta llegó a proponer un ultra-populista referéndum con vista a modificar la Constitución para así lograr una reforma política (léase: que el pueblo le quite algunos privilegios a los políticos).

En nuestro país tuvo que ocurrir una repugnante repartija de varios de los cargos más importantes de nuestro sistema jurídico para que, de una vez por todas y con una convocatoria en tiempo récord, miles de peruanos tomen las calles del Cercado de Lima gritando, de forma unísona: “¡basta!”. Pero no sólo ello. Rápidamente pudo advertirse que la repartija, al igual que los veinte centavos en Brasil, fue la gota que derramó el vaso: los peruanos protestaron por la forma de hacer política, por la sinvergüencería y desfachatez de los congresistas, por las promesas incumplidas del Presidente. Con gran energía, los indignados peruanos alzaron su voz. ¿El resultado? Los autores del latrocinio dieron marcha atrás y deshicieron todo lo hecho. Por su parte, los autores intelectuales (léase, Ollanta Humala y su esposa) se lavaron alegremente las manos.

Ya no se trató de una huelga de un gremio de trabajadores, de esas a las que estamos tan acostumbrados. Tampoco fue un olvidado pueblo de la sierra o selva cuyas tierras estaban siendo injustamente expropiadas. Ahora ­fueron jóvenes –en su mayoría de clase media– que, al congregarse para decirle “no a la repartija”, a la vez que expresaron su repudio a los tejes y manejes de los congresistas, también defendieron la institucionalidad del Tribunal Constitucional y de la Defensoría del Pueblo, órganos cuyo rol en la preservación del sistema democrático es más que importante. Así, se recriminó a los miembros de la clase política, recordándoles que ellos tan sólo detentan temporalmente el poder, pero que de ninguna manera les pertenece. Ellos son representantes, cumplen un encargo y están en la obligación de ejercitarlo correctamente.

Pero también fue un claro mensaje para los jóvenes del ayer, esos que casi ni se inmutaron cuando, en 1992, fue aniquilado, una vez más en nuestra historia, el orden constitucional. Allí casi todos aplaudieron: al fin y al cabo, la inflación y el terrorismo así lo ameritaba, se pensó; de ahí que la permuta de seguridad y mano dura por una nueva dictadura se vio como un buen negocio.

Y nada distinto ocurrió en 1998, cuando tres jueces del TC, por proteger la Constitución contra una ley abiertamente inconstitucional (la famosa ley de interpretación auténtica que autorizaba un tercer mandato de Fujimori), fueron sometidos a un cobarde proceso de acusación constitucional –promovido y perpetrado por muchos de los que, aún hoy, hacen leyes en nuestro país– y, finalmente, fueron echados. Por eso es que, al reclamar candidatos idóneos para el TC, los jóvenes de hoy también le dan un mensaje fulminante al fujimorismo al defender al mismo órgano que fue vilmente mermado.

Y, finalmente, el mensaje también llegó a Palacio de Gobierno, donde la pareja presidencial no sólo se preocupa por trabajar por el país, sino también maquina juegos y ardides políticos para, quizá, no ser importunados en su labor y en sus futuros planes. Y qué mejor que controlar el TC y la Defensoría, precisamente los órganos que más obstáculos les podría colocar. Pero ahora están advertidos porque los jóvenes indignados están atentos a cualquier maniobra, y ya demostraron que en cuestión de pocas horas pueden organizar una tumultuosa protesta, sin que los gases lacrimógenos sean suficientes para acallar el sentir popular.

No queda más que alentar, por tanto, a aquellos que vieron, curiosos, la valiente defensa de nuestra democracia por televisión: ¡indignaos!

La Corte Suprema que queremos

Piero Calamandrei

Piero Calamandrei, uno de los mayores artífice del modelo de Cortes Supremas en la actualidad

Artículo publicado el 1 de agosto en Consulta Previa.

Los últimos días hemos visto las noticias plagadas de las tristes consecuencias de la “repartija”, de la probable absolución de quien ya había sido juzgada mediáticamente como parricida y de un insípido mensaje presidencial lleno de cifras y promesas. No obstante, el 28 de julio, día de la patria, debe ser una oportunidad para reflexionar sobre qué debemos hacer para tener un mejor país. Para ello es necesario que las instituciones públicas funcionen bien. Y una de las más importantes es la Corte Suprema de Justicia de la República[1].

Las reformas institucionales que nuestra Corte Suprema necesita se ven reflejadas en las funciones que ella debe desempeñar. Y para ello la doctrina especializada tiene un rol trascendental. No es raro, por ejemplo, que muchos tribunales supremos se hayan estructurado con base en un libro de 1920 escrito por uno de los más brillantes juristas del siglo XX[2]. Con la voluntad que la doctrina peruana siga reflexionando sobre cómo mejorar nuestra Corte Suprema, me aparto del discurso en que abundan las generalidad para proponer, a continuación, algunas brevísimas ideas al respecto.

Al ser el órgano vértice del Poder Judicial, encargado de orientar a futuro la interpretación del derecho infraconstitucional (porque del derecho de rango constitucional de encarga el Tribunal Constitucional), la Corte Suprema, debido a su limitada composición, no puede resolver todos los casos que le son llevados por los litigantes. Ellos apenas quieren que se haga justicia a su caso particular, pero ese no puede ser el objetivo de nuestra Suprema. Si así fuese, entonces ella sería apenas un tribunal cuya labor no se diferenciaría, por ejemplo, del tribunal de apelación. Pero ambos órganos son y tienen que ser diferentes.

Si el fin es la interpretación de la ley, entonces el caso concreto es el medio. En otras palabras, es absolutamente necesario que la Corte utilice el recurso como un pretexto. Ello implica que ella no se pronunciará sobre todas las impugnaciones que reciba de los justiciables; por el contrario, debe seleccionar aquellas que merezcan su apreciación. ¿Con qué criterio? Precisamente con orientar la interpretación y aplicación del derecho. Ello implica una ineludible discrecionalidad, es cierto, pero nadie más que la Corte Suprema puede determinar qué debe resolver e, inclusive, cuándo lo debe resolver.

Nuestra Corte Suprema debe trabajar hacia el futuro, por tanto, debe trabajar con base en precedentes judiciales. Ello implica un gran trabajo, primero, por desarrollar una teoría consistente que permita su formación, identificación y superación (lo cual hasta ahora no se ha realizado ni en doctrina ni en jurisprudencia). Un precedente no es una máxima jurídica; implica un complejo análisis del material fáctico del caso concreto y cómo éste fue resuelto jurídicamente. Sólo ello garantiza una verdadera orientación en la interpretación del ordenamiento jurídico, lo cual no es exactamente lo que se hace mediante los llamados plenos casatorios: ellos están preocupados con el pasado, es decir, que los jueces se adecuen a su decisión para ejercer un control represivo sobre sus decisiones.

Algo de enorme importancia es el mecanismo de selección de los jueces supremos. ¿Es verdad que un concurso público ante el Consejo Nacional de la Magistratura garantiza que aquellos designados son los ideales para desempeñar semejante cargo? La realidad es que no todos los jueces supremos –al menos por lo que se deduce de la calidad de sus decisiones– parecen poseer la suficiente preparación jurídica para desempeñar este postergado papel de la Corte Suprema. Aún más: ¿Es la antigüedad un elemento tan determinante para que un juez “merezca” ser supremo? No por el hecho de haber ejercido este noble cargo por mucho tiempo implica que un determinado juez lo haga bien en la Corte Suprema, más aun tratándose de un tribunal con funciones claramente diferenciadas que cualquier otro.

Eso hace que el proceso de selección deba ser repensado. Teniendo en cuenta que los miembros del CNM representan, al menos en teoría, una saludable pluralidad, y si los mejores juristas deberían estar en la Suprema, ¿no sería mejor una elección que consista en entregar una propuesta de nombres que deba ser aprobada por el Congreso? Es verdad que ello dotaría de un alto contenido político la elección de los jueces supremos, sin embargo, teniendo en cuenta los relevantísimos temas que la Corte Suprema decide –siempre en el contexto de su auténtica función– no es un error que se busque equilibrar políticamente su composición, a partir de las características de los candidatos.

Si bien estas inacabadas reflexiones merecen ser ampliamente discutidas, lo cierto es que la Corte Suprema que tenemos, hoy por hoy, no puede ser la que queremos. Es necesario trabajar arduamente para revertir nuestra realidad antes que ella quede petrificada por una condenable inacción.


[1] Este artículo se inspira en las interesantes ideas de Daniel Mitidiero, en su libro “Cortes Supremas e Cortes Superiores – Do controle à interpretação da jurisprudência ao precedente” de futura aparición por la editorial Revista dos Tribunais.

[2] Me refiero a “La Cassazione Civile”. Milán: Fratelli Bocca, 1920, escrito por Piero Calamandrei.

Una gran lección de decencia

Francisco Eguiguren

Francisco Eguiguren (foto: La Mula)

Artículo publicado el 23 de julio en Consulta Previa.

Cuando todos pensábamos que la inmoralidad con que fueron escogidos los miembros del Tribunal Constitucional y de la Defensoría del Pueblo ya no tenía vuelta atrás. Muchos de los candidatos ya elegidos –comenzando por Francisco Eguiguren y seguido por Ernesto Blume, dos juristas con pergaminos para integrar el TC– propinaron a nuestros congresistas una ejemplar lección de decencia y ética. Además de decir “mis principios morales no me permiten integrar este Colegiado”, también dijeron “señores del Congreso, hagan bien su trabajo de una vez por todas”.

Esta actitud fue secundada por otros candidatos elegidos que tuvieron que subirse al barco para no quemarse ante la opinión pública. Sea como fuere, felizmente aún tenemos personas capaces de renunciar al poder y a la necesidad de congraciarse con el partido, a diferencia de nuestros “Padres de la Patria”, para quienes la institucionalidad del país está lejos, muy lejos de ser una prioridad.

Pero si la bien llamada “repartija” fue un escándalo de proporciones gigantescas, la indignación es aún mayor cuando se verifica que los autores (directos e intelectuales) de esta vergüenza se lavaron las manos sin mayores problemas, comenzando por el Presidente de la República. Sería ingenuo pensar que Ollanta Humala (rectius: su mujer) no fue pieza clave en esta descarada distribución de los cargos públicos, con el único objetivo de tener a Mayorga y a Galindo en el TC. Poco le importó que, por ejemplo, ellos tengan que compartir una mesa con Rolando Sousa (cara visible del régimen que él se vanaglorió de combatir), o que la Defensoría del Pueblo sea hipotecada a Perú Posible, en la imagen de Pilar Freitas. Pero después que el tema llegó a ser inmanejable, Humala fue el primero en pedir que ellos den un paso al costado, tratando de despercudirse políticamente, dando a entender que no tuvo nada que ver. Quizá engañó a varios. Pero no lo consiguió con muchos otros.

El ex presidente Alejandro Toledo tampoco se queda atrás. Después de defender a capa y espada a Freitas cuando el principal cuestionamiento era, precisamente, su filiación partidaria a Perú Posible, luego de la ola de renuncias (la de ella incluida) salió públicamente a exigir la elección de profesionales idóneos y una mayor responsabilidad por parte de los congresistas. Pero de Toledo no se puede esperar menos que comportamientos severamente contradictorios, un manejo descarado de las decisiones de su partido y una enorme dosis de inocultable mitomanía.

Mejor parados quedaron Alan García y Lourdes Flores. El primero por no aparecer como cabeza visible de la repartija política y porque el Apra estaba tratando de patear el tablero días antes de la elección. La segunda porque, de manera muy hábil, le cargó toda la responsabilidad a Raúl Castro, por ser el presidente del PPC y por haber tenido influencia en la decisión de los congresistas de su partido de apoyar la elección. Salvando las diferencias entre uno y otra, aquí se nota un manejo político más sagaz.

Sea como fuere, responsabilizar al Apra sería colocarle una raya más al obeso tigre de corrupción e inmoralidad que caracteriza a este partido, mientras que Alianza por el Gran Cambio hizo gala de una mayúscula indolencia, graficada en la confesión de Alberto Beingolea, en donde evidenció que más importante es “respetar el acuerdo político” (así haya sido un desastre) que el propio país. No fue sorpresa, por tanto, que los congresistas de esta bancada aparezcan junto a Ernesto Blume –candidato propuesto por ellos– cuando éste decidió no aceptar el nombramiento. De alguna manera tenían que limpiarse, pero tampoco lo consiguieron.

Sin embargo, la lección de decencia no sólo llegó desde la saludable abdicación de los candidatos. A pesar de que buena parte de la población, según la última encuesta de Ipsos, desconoce qué es exactamente lo que hace el TC, miles de personas alzaron su voz en las redes sociales y muchas otras se congregaron frente al Congreso para expresar su rechazo por la repudiable forma de hacer política. Y no sólo ello: ayer lunes también hubo un plantón para expresar el rechazo por esta insoportable cobardía de echarle la culpa a otros y no hacer una reflexión sincera y oportuna. Darle la espalda al país y a sus representados es moneda corriente entre los congresistas de la República; enmendar sus errores demostrando una decencia mínima y elemental no lo es.

Finalmente, después de muchos actos de esta tragicomedia que fue la elección de los jueces del TC y del Defensor del Pueblo, los legisladores tienen una nueva y valiosísima oportunidad para rectificarse, llegar a un auténtico acuerdo político y llevar a estas instituciones personas cuyo mérito y trayectoria académica pueda redundar en un beneficio para el Perú, y no para que Ollanta pueda gobernar sin que le hagan la vida imposible, o para que oscuros personajes (encarcelados o no) puedan verse favorecidos.

Para el bien de todos nosotros, ojalá nuestros congresistas hayan aprendido esta gran lección de decencia.

Corrupción y Poder Judicial peruano: Luchando contra Leviatán

Leviatán

Columna publicada el martes 16 de julio en Consulta Previa.

Uno de los datos más reveladores del Barómetro Global de la Corrupción de 2013 es que, actualmente, el Poder Judicial peruano es la institución pública más corrupta, inclusive más que la Policía Nacional, que solía llevarse el primer lugar.

Pero a la corrupción también se le suman diversos factores, no menos preocupantes y que, inclusive, contribuyen a formar la percepción de la existencia de corrupción cuando, en realidad, son otras las causas. Seguramente ninguna de ellas es novedosa para Ud., querido lector: la agobiante lentitud de los procesos; fallos inverosímiles; trámites y fórmulas legales incomprensibles; colas para presentar un miserable escrito y para que le digan que en esta ventanilla no, que en la otra (claro, eso si su abogado es lo suficientemente malvado para enviarlo por su cuenta a ese intestino de Leviatán que son los tribunales); una Corte Suprema que se queda con su caso por un año mientras Ud., mal que bien, se ve obligado a seguir con su vida; su abogado despotricando contra los jueces y con los secretarios, diciendo que son unos incapaces, etc. A aquel que ya padeció un proceso sabe Kafka decía la verdad.

No obstante, a pesar de estas desoladoras conclusiones, Ud. sabe que su sistema de justicia estatal tiene que funcionar bien para que, a su vez, muchas otras cosas puedan funcionar bien. Cosas de las más simples como recibir una indemnización por aquel auto chocado sin que haya sido su culpa, que ese deudor escurridizo cumpla con el préstamo impago, que el inquilino aprovechado se vaya de su casa. Pero otras cosas más complejas, como la correcta interpretación de unos testamentos que involucran bienes valorizados en millones de dólares y también, por qué no, oscuros intereses, o la paralización de la construcción de un megaproyecto minero porque se violan los derechos fundamentales que el Estado se comprometió a respetar.

Pero bueno –Ud. preguntará–, ¿cómo lo solucionamos? Probablemente las respuestas sean varias, y cada una de ellas más compleja que la otra. Desde hace mucho tiempo grandes hombres se han dedicado a lo largo de toda su vida a escribir, debatir y trabajar para mejorar el funcionamiento de la justicia. Aún hay muchos que lo siguen haciendo. Al respecto, hay cosas ciertamente curiosas, como por ejemplo que un país como Italia que ha parido a varios de los mejores procesalistas (así se les llama a los estudiosos del derecho procesal) tenga uno de los sistemas de justicia que peor funcionan en el mundo. Sus procesos, al menos en ámbito civil, duran más del doble que los nuestros. Imagínese.

Ud. insiste: ¿cómo solucionamos esto? Yo le aseguro que no lo haremos aumentando el sueldo a los jueces, dándoles más secretarios y asistentes, controlando su producción, fiscalizándolos como en tiempos de la Inquisición o ratificándolos cada 7 años. Así no solucionaremos nada, o casi nada. Tampoco tendremos resultados si cambiamos cada dos años al Presidente del Poder Judicial –así sucede en el Perú– y que cada discurso de apertura del año judicial se prometa la “modernización del sistema de justicia”, “celeridad procesal” o “capacitación de jueces”. Los presidentes del Poder Judicial son elegidos, participan en protocolos, expiden varias resoluciones, se involucran en un par de escándalos, hacen una que otra mejora administrativa y dos años después vuelven a sus funciones jurisdiccionales, sin pena ni gloria. La “reforma de la justicia” ha pasado a ser una broma o una dulce ilusión.

Quizá piense que estoy evadiendo sus preguntas, pero ahora sí le diré al menos por dónde pienso que debemos comenzar para obtener soluciones inmediatas, al menos en lo que concierne a la justicia civil, es decir, en aquellos litigios vinculados a contratos, familia, propiedad, responsabilidad civil, etc.

Si Ud. ha intuido que deben cambiarse leyes, está en lo cierto. Pero no cualquier ley. Nuestra atención debe dirigirse al Código Procesal Civil (CPC), por la simple razón que es la ley que regula las reglas del procedimiento mediante el cual Ud. cobrará su deuda impaga, recuperará su propiedad, peleará por su herencia. Y si ese procedimiento está mal hecho, Ud. podría no llegar a gozar de su acreencia, propiedad o herencia. Mejorar ese procedimiento, por tanto, es importantísimo.

Por ahí se dice que es mejor tener buenos jueces que malas leyes, pero ¿cómo pueden trabajar los primeros si su instrumento –las leyes– son malos? No. Tener buenas leyes es vital, y principalmente ese bendito texto legal que regula los procedimientos civiles tiene que ser bueno. Si lo es, y por tanto se consigue un aumento en la percepción de eficiencia del Judicial, será un hecho que la percepción sobre la corrupción disminuirá. He ahí el meollo del asunto.

Pero no deseo incurrir en la insensatez de decir que sólo reformando íntegramente nuestro CPC lograremos una justicia eficiente. Eso equivale a no decir nada. Pienso que con algunas pocas modificaciones muy puntuales al CPC pueden obtenerse soluciones inmediatas, muchas de ellas prácticamente automáticas, pero soluciones no para los jueces ni para los abogados, sino para los justiciables, que son los que sufren con un sistema de justicia ineficiente.

No se piense que mi intención es dar entender que dichas modificaciones son non plus ultra ni que son las únicas que deben ser realizadas. Inclusive, por poseer una gran complejidad a nivel técnico ni siquiera pueden ser referidas aquí. Hay muchísimo trabajo por hacer, pero estoy absolutamente convencido que debe comenzarse por ellas. Dicho sea de paso estas soluciones deben provenir directamente del trabajo que se hace en la doctrina. En mi opinión, ella es la responsable de suscitar la intranquilidad de cambiar el terrible status quo. El objetivo no es otro que los jueces puedan juzgar bien y que el ciudadano reciba lo que aquello y exactamente aquello a que tiene derecho a recibir, parafraseando a Giuseppe Chiovenda, uno de los más grandes hombres preocupados por la mejora de la justicia civil.

Sin diálogo crítico no hay futuro

Ayer asistí a una defensa de disertación de maestría de mi gran amigo Paulo Mendes, y después de escuchar las fuertísimas y rigurosísimas críticas del jurado, la forma cómo Paulo las respondió a pesar de provenir de brillantes juristas (entre ellos el mayor de Brasil y uno de los más importantes a nivel mundial en Teoría del Derecho), de ver con alegría que le fue otorgado un merecido 10 después de una tensa deliberación, y cómo es que, terminada la sustentación, hubo solamente sonrisas, fotos, bromas y amistad, no pude evitar reflexionar sobre algunas de cosas:

Al menos en lo que respecta al proceso civil en el Perú, ¡qué lejos estamos de tener defensas de tesis de ese nivel, tanto por la calidad del candidato como por los examinadores! Y eso es consecuencia directa de la poca dedicación que existe a la investigación. Abundan abogados que escriben sobre proceso civil, pero escasean juristas comprometidos con llevar adelante la academia. Y eso se refleja en el poco entendimiento y la falta de valoración de las críticas inherentes al mundo académico. Pienso que en el Perú, en general, no hay diálogo sobre proceso civil, sino monólogos aislados, donde no interesa lo que el otro diga de la obra de uno: lo ignoramos y punto. Pero eso, la verdad, es gravísimo: si uno quiere ser realmente un jurista, además de romperse el lomo pensando, estudiando, leyendo y escribiendo, tiene que saber que será criticado y que -principalmente- debe estar comprometido y a la altura de responder esas críticas, no sólo para defender sus ideas, sino para contribuir con el progreso de nuestra disciplina.

Qué duda cabe que el hecho de haber venido a Brasil, más allá de ser una oportunidad para pensar el proceso civil de forma distinta y de sacrificar el desarrollo profesional por dos años para estudiar y hacer lo que pueda para mi país, me enseñó que sin un diálogo crítico, directo y sincero en la doctrina, sencillamente no hay forma de llegar a las reformas que el Perú necesita.