Publicar con «calidad»: revistas, libros y capítulos de libro (una breve guía para el derecho procesal)

Scopus Indexing: Why all the Fuss? | The International Academic Forum  (IAFOR)
Fuente: https://iafor.org/scopus-indexing-why-all-the-fuss/

Publicado originalmente en La Ventana Jurídica, el 4 de mayo de 2021

Una política ya consolidada de la PUCP es orientar los trabajos académicos de los(as) docentes hacia la calidad académica. Aquí, por «calidad», se entiende un producto intelectual destinado a una publicación que cumple con ciertos parámetros objetivos. En derecho, la calidad en la publicación pasa por dirigir nuestros productos a las siguientes publicaciones:

  • Revistas indizadas en determinadas bases de datos con prestigio académico reconocido
  • Libros con revisión de pares
  • Capítulos de libros con revisión de pares en editoriales de prestigio

Hablemos sobre estos productos.

Revistas

Los papers, a nivel de investigación, son el tipo de producción más importante; más que los capítulos de libro o los propios libros. En gran medida, esto se justifica en la facilidad para el acceso al contenido de las publicaciones y a la intercambiabilidad de las discusiones.

Una «revista indizada» implica una publicación periódica que cumple con determinados criterios de calidad, que son validadas y permanentemente revisadas. Se habla de «indizada» porque dicha publicación se encuentra en un índice, lo cual demuestra que cumple con una serie de requisitos que suelen ser muy exigentes. No existe revista indizada sin revisión por pares. Hablar de indización, por tanto, presupone el arbitraje o referato, pero también muchas cosas adicionales (comité editorial, políticas éticas, requisitos sobre originalidad, etc.).

La revisión por pares debe ser a doble ciego: la revista designa a dos revisores que no saben la identidad del(a) autor(a) y, viceversa, éste tampoco conoce la identidad de aquellos. Con ello se busca evitar algún favoritismo o perjuicio indebido. Luego de ello, los revisores emiten un informe con observaciones formales y de fondo las cuales deben ser absueltas o, de ser el caso, nuestro artículo podría ser rechazado. También podría serlo si es que no absolvemos las observaciones satisfactoriamente, pues los revisores pueden dar su veredicto final. Este procedimiento puede tener particularidades, pero es bastante usual.

En materia de ciencias sociales y, específicamente, derecho, Scopus es una base de datos que congrega a las revistas o journals más importantes, dado que son las más citadas en publicaciones académicas. Hay otras bases muy importantes como Web of Science, Emerging Sources Citation Index (ESCI), EBSCO y Scielo.Todas ellas evalúan rigurosamente el contenido y la gestión editorial y tienen sus propios requisitos (algunos más exigentes que otros).

Pero también hay plataformas más básicas que exigen menos requisitos (evalúan cuestiones únicamente formales) y, por tanto, tienen menor reputación. Tal es el caso de Directory of Open Access Journals (DOAJ), Dialnet y Latindex.

Que una revista pueda ser considerada en la base de datos de Scopus o Web of Science sin duda alguna es algo muy importante y que implicó un gran esfuerzo de parte del equipo de la revista. Por ello, normalmente es mucho más difícil publicar en una revisión albergada en dicho índice.

Aun así, hay enormes diferencias entre las propias revistas albergadas en Scopus: existen cuatro cuartiles (Q1, Q2, Q3 y Q4) y, además, una métrica objetiva: el índice «h». Esto muestra el impacto que tiene la revista. Por ejemplo, mientras que Harvard Law Review tiene un índice «h» de 76, la Revista Chilena de Derecho (top en Latinoamérica) tiene 8 y Derecho PUCP tiene solo 1 (cifras según Scimago del año 2019).

Una «revista arbitrada», de otro lado, hace alusión a una publicación que no se encuentra en ningún índice, pero que sí tiene implementada la revisión por pares. Cuando registramos nuestros textos en el CVPUCP, una de las opciones es, precisamente, colocar «revista indizada» o «revista arbitrada» y, si colocamos lo primero, nos pedirán que indiquemos a cuál índice pertenece la publicación. Ahí está la diferencia.

En materia jurídica, si escribimos papers en español, se pueden encontrar diversas revistas latinoamericanas Scopus a las que podemos aspirar (todas son open access): https://www.scimagojr.com/journalrank.php?area=3300&country=Latin%20America&type=j&category=3308 .

Como puede verse, no hay ninguna revista que se especialice en derecho procesal.

Hay que tener presente siempre las restricciones a la endogamia. Si nuestra principal filiación es la PUCP, entonces vamos a tener menos chances de publicar en Derecho PUCP (solo publica muy pocos autores con filiación PUCP por número). Esta es una regla que todas las revistas Scopus cumplen. Hay que buscar, preferentemente, revistas de otros países. Por ello siempre es bueno estar actualizados sobre las fechas de las convocatorias o si, en todo caso, existen convocatorias abiertas (esto es: que se reciben artículos en cualquier momento).

Es claro que si escribimos en inglés tendríamos mayores opciones por la sencilla razón de que hay muchas más revistas. Pero, claro, escribir en inglés no es nada fácil. Aquí no abordaré este punto, pues ameritaría un texto aparte.

Asimismo, algo muy importante es ser conscientes sobre qué escribimos, sobre todo si queremos publicar en Scopus. Hay que elegir temas más profundos, generales o que sean tendencia. O sea, habría que evitar textos «locales», es decir, que se enfoquen demasiado en nuestro sistema jurídico. Este tipo de publicaciones (comentando, por ejemplo, una reforma legislativa o una sentencia) no suelen ir a Scopus sino a otro tipo de revistas (ver más abajo).

Hay una paradoja: si es que publicamos en revistas de fuera, con temas que no necesariamente versan sobre nuestra realidad pero que están en tendencia (por ejemplo: proceso y tecnología), podremos ganar puntos en nuestro CV, pero podrían leernos menos personas. Podríamos despertar el interés de otros académicos, sí, pero tal vez ya no tanto de abogados, jueces, etc. Saber apuntar al público también es muy relevante, dependiendo de lo que estemos escribiendo. Es necesario hacer una investigación previa sobre la revista a la que queremos apuntar.

Dado que el control de los pares suele ser riguroso (aunque no siempre) y las publicaciones suelen ser binuales o trianuales, publicar en Scopus exige que sea un texto muy bien trabajado y su elaboración toma tiempo. Al menos, desde mi experiencia, sería importante seguir los siguientes pasos:

  • Investigar y escribir un draft
  • Enviar el draft privadamente a colegas para que lo lean y sugieran mejoras
  • Exponer el draft ante un grupo de investigación (de preferencia internacional) para recibir críticas y seguir mejorando
  • Someter el draft a una revista indizada y esperar la revisión por pares (de 1 a 6 meses)
  • La revisión por pares puede arrojar la necesidad de implementar mejoras (de 1 a 3 meses más)
  • Luego, si se acepta la publicación hay que esperar a que aparezca el artículo en la edición pertinente (de 6 a 8 meses más, aunque puede variar). Inclusive, nuestro texto aprobado y listo para publicación podría no salir en la edición inmediatamente posterior, sino en la subsiguiente. La aceptación para publicación ya es algo muy importante y, además, algunas revistas permiten divulgar privadamente el texto online, haciendo la debida indicación. Otras, como Derecho PUCP, no lo permite (aunque esto podría cambiar).

Como se puede ver, el proceso para publicar un solo paper puede tomar bastante tiempo y tiene muchos filtros. No hay escapatoria para esto, pues es el rigor de la academia. Podría parecernos un exceso, pero esto es bastante normal en círculos académicos (sobre todo en materia de filosofía del derecho). Si es que se quiere lograr una producción de esta calidad, es importante seguir este procedimiento y orientar nuestros mejores textos hacia ello. Aquellos que se dedican solamente a la investigación suelen trabajar varios textos simultáneamente y esto les ocupa casi todo su tiempo. No obstante, esto es mucho más difícil para aquellos que tienen otras ocupaciones, como la docencia, la abogacía o la judicatura. Por ello, definitivamente no podremos tener tantas publicaciones en Scopus, por lo queuna alternativa bastante buena para buscar productos de calidad sería Scielo.

Un detalle importante es que algunas revistas solamente aceptan textos de magísteres o doctores (como es el caso de Derecho PUCP), sea que se realice por coautoría o no.

Empero, es irreal que todos nuestros papers se dirijan a Scopus. No solo por falta de tiempo, sino también porque no todo lo que producimos debería tener ese destino. Es posible que escribamos sobre algunos temas menos profundos, más locales y, también, con menores pretensiones académicas. Para ello, se sugiere que se busquen revistas (online o no) que tengan revisión por pares o, al menos, que tengan algún tipo de control.

Además de las revistas con revisión por pares de las asociaciones de estudiantes de la PUCP (Themis, Ius et Veritas, Derecho & Sociedad), es importante apuntar a publicaciones internacionales, pues eso contribuye mucho a generar redes de contactos.

Por ejemplo, aquí pueden encontrar un pequeño listado de revistas extranjeras con revisión preliminar del consejo editorial seguida de una auténtica revisión por pares. Varias de estas revistas se encuentran en proceso de crecimiento y, si publicásemos ahí, ganaríamos en visibilidad entre nuestros pares:

De otro lado, hay otras revistas con una revisión mucho más light, en donde el control suele hacerlo únicamente el comité editorial (esto es: no hay revisión por pares) y, por ello, la publicación es mucho más célere, aunque –téngase en cuenta– muy probablemente estas publicaciones no sean validadas, por ejemplo, en concursos docentes. Sin perjuicio de ello, aquí también podemos tener mayor visibilidad:

Se sugiere, previamente, explorar las ediciones anteriores de la revista a la que queramos enviar nuestros trabajos a fin de analizar sobre qué temas se han publicado y cuáles son las normas para autores, código de ética y el procedimiento de revisión.

Finalmente, ¿qué ocurre con revistas de empresas comerciales (Gaceta Civil & Procesal Civil, Actualidad Civil, etc.)? Estas son revistas de corte profesional y no académico. Están pensadas para que sean fuentes de información de consulta rápida por los estudios de abogados y operadores del derecho. Dado el público al que se dirigen estas revistas (jueces, abogados, prácticos en general) tendría mucho más sentido escribir textos cortos, muy puntuales, sin mucha profundización ni pretensión científica, en donde opinemos sobre algún punto específico de nuestro sistema, alguna sentencia, que tenga fundamentalmente utilidad práctica y que, además, queramos ver rápidamente publicados por un tema de coyuntura. Todo esto, por supuesto, es importante, pero no es investigación.

Last but not least: antes de enviar cualquier trabajo nuestro para someterlo a publicación debemos revisar siempre qué es lo que nos piden a nivel formal: resumen, abstract, keywords, formato de citación, cantidad de páginas, tipo y punto de letra, interlineado, etc. Y es que un detalle importante es que todas las revistas tienen sus propias exigencias y son los(as) autores(as) los que deben hacer la edición correspondiente. De lo contrario, nos solicitarán que adecuemos el texto al formato exigido.

Libros y capítulos de libro

Los libros y los capítulos de libro con revisión por pares tienen peso si es que se publican en una editorial de prestigio. Pero, ¿qué es una «editorial de prestigio»? Esto es un tanto indeterminado y, para efectos de los concursos en la PUCP (por ejemplo, docencia ordinaria, ascensos, etc.), dependerá mucho del criterio de los evaluadores. Lo cierto, sin embargo, es que hay editoriales peruanas que se orientan más hacia el ámbito profesional y no controlan calidad académica. Aquí considero que no es recomendable publicar libros ni capítulos de libro.

Hay otras editoriales, en cambio, que tienen un perfil más académico, en donde, si es que se implementa arbitraje, sí que valdría la pena publicar (tal es el caso de Palestra o Zela). Si fuese una editorial internacional sería más beneficioso. Aquí entraría, por ejemplo, Marcial Pons, Tirant lo Blanch, Centro de Estudios Constitucionales, Temis, Porrúa, etc. Es decisión del autor someter su texto a arbitraje y las editoriales no suelen hacerse problema por eso, sólo que no suelen asumir dicha tarea (salvo que lo tengan institucionalizado, como es el caso de la Oxford University Press o, en ámbito de la filosofía del derecho, la colección «Filosofía y Derecho» de Marcial Pons).

Para efectos de nuestra calificación como docentes PUCP, una muy buena alternativa es que busquemos la intervención del CICAJ para la organización del arbitraje internacional. Luego de ello, se puede optar por la publicación en una editorial con la que se haya cerrado un acuerdo o, eventualmente, optar por el open access; esto es, que nuestro producto (libro o capítulo) sea de libre consulta y, de ser posible, que esté alojado en el repositorio de la PUCP. En este caso ya no habría libro físico, aunque la verdad es que esto no sería un problema: la mayor parte de la investigación relevante a nivel internacional se suele colgar en internet. Esto, evidentemente, no podría ocurrir con una editorial porque ésta busca vender libros físicos o e-books con ánimo de lucro.

Otra opción bastante buena, aunque es más difícil por los tiempos que demanda, es publicar con el Fondo Editorial de la PUCP. Aquí sí habría libro físico, podría darse el open access y sumaría buenos puntos al CV PUCP. Por supuesto que también sería posible que les inviten a escribir en una obra colectiva y que los capítulos de libro no estén arbitrados. Esto suele darse porque someter el trabajo a arbitraje puede dilatar muchísimo la publicación. En ese sentido, también se sugiere que dicha editorial sea de prestigio y, de ser posible, internacional. Infelizmente, esto no sumará puntaje para la PUCP, pero sí que nos puede ayudar a ganar en visibilidad, lo cual también tiene un valor importante para nuestra visibilidad.

***

El autor agradece a Ismael Canales, coordinador de innovación del Sistema de Bibliotecas de la PUCP, por sus comentarios al presente texto.

2 Comments on “Publicar con «calidad»: revistas, libros y capítulos de libro (una breve guía para el derecho procesal)”

  1. Interesante información, su difusión invita no solo a explorar las paginas de revistas indizadas sino a atreverse a publicar dada la variedad de opciones.

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