Corrupción y Poder Judicial peruano: Luchando contra Leviatán

Leviatán

Columna publicada el martes 16 de julio en Consulta Previa.

Uno de los datos más reveladores del Barómetro Global de la Corrupción de 2013 es que, actualmente, el Poder Judicial peruano es la institución pública más corrupta, inclusive más que la Policía Nacional, que solía llevarse el primer lugar.

Pero a la corrupción también se le suman diversos factores, no menos preocupantes y que, inclusive, contribuyen a formar la percepción de la existencia de corrupción cuando, en realidad, son otras las causas. Seguramente ninguna de ellas es novedosa para Ud., querido lector: la agobiante lentitud de los procesos; fallos inverosímiles; trámites y fórmulas legales incomprensibles; colas para presentar un miserable escrito y para que le digan que en esta ventanilla no, que en la otra (claro, eso si su abogado es lo suficientemente malvado para enviarlo por su cuenta a ese intestino de Leviatán que son los tribunales); una Corte Suprema que se queda con su caso por un año mientras Ud., mal que bien, se ve obligado a seguir con su vida; su abogado despotricando contra los jueces y con los secretarios, diciendo que son unos incapaces, etc. A aquel que ya padeció un proceso sabe Kafka decía la verdad.

No obstante, a pesar de estas desoladoras conclusiones, Ud. sabe que su sistema de justicia estatal tiene que funcionar bien para que, a su vez, muchas otras cosas puedan funcionar bien. Cosas de las más simples como recibir una indemnización por aquel auto chocado sin que haya sido su culpa, que ese deudor escurridizo cumpla con el préstamo impago, que el inquilino aprovechado se vaya de su casa. Pero otras cosas más complejas, como la correcta interpretación de unos testamentos que involucran bienes valorizados en millones de dólares y también, por qué no, oscuros intereses, o la paralización de la construcción de un megaproyecto minero porque se violan los derechos fundamentales que el Estado se comprometió a respetar.

Pero bueno –Ud. preguntará–, ¿cómo lo solucionamos? Probablemente las respuestas sean varias, y cada una de ellas más compleja que la otra. Desde hace mucho tiempo grandes hombres se han dedicado a lo largo de toda su vida a escribir, debatir y trabajar para mejorar el funcionamiento de la justicia. Aún hay muchos que lo siguen haciendo. Al respecto, hay cosas ciertamente curiosas, como por ejemplo que un país como Italia que ha parido a varios de los mejores procesalistas (así se les llama a los estudiosos del derecho procesal) tenga uno de los sistemas de justicia que peor funcionan en el mundo. Sus procesos, al menos en ámbito civil, duran más del doble que los nuestros. Imagínese.

Ud. insiste: ¿cómo solucionamos esto? Yo le aseguro que no lo haremos aumentando el sueldo a los jueces, dándoles más secretarios y asistentes, controlando su producción, fiscalizándolos como en tiempos de la Inquisición o ratificándolos cada 7 años. Así no solucionaremos nada, o casi nada. Tampoco tendremos resultados si cambiamos cada dos años al Presidente del Poder Judicial –así sucede en el Perú– y que cada discurso de apertura del año judicial se prometa la “modernización del sistema de justicia”, “celeridad procesal” o “capacitación de jueces”. Los presidentes del Poder Judicial son elegidos, participan en protocolos, expiden varias resoluciones, se involucran en un par de escándalos, hacen una que otra mejora administrativa y dos años después vuelven a sus funciones jurisdiccionales, sin pena ni gloria. La “reforma de la justicia” ha pasado a ser una broma o una dulce ilusión.

Quizá piense que estoy evadiendo sus preguntas, pero ahora sí le diré al menos por dónde pienso que debemos comenzar para obtener soluciones inmediatas, al menos en lo que concierne a la justicia civil, es decir, en aquellos litigios vinculados a contratos, familia, propiedad, responsabilidad civil, etc.

Si Ud. ha intuido que deben cambiarse leyes, está en lo cierto. Pero no cualquier ley. Nuestra atención debe dirigirse al Código Procesal Civil (CPC), por la simple razón que es la ley que regula las reglas del procedimiento mediante el cual Ud. cobrará su deuda impaga, recuperará su propiedad, peleará por su herencia. Y si ese procedimiento está mal hecho, Ud. podría no llegar a gozar de su acreencia, propiedad o herencia. Mejorar ese procedimiento, por tanto, es importantísimo.

Por ahí se dice que es mejor tener buenos jueces que malas leyes, pero ¿cómo pueden trabajar los primeros si su instrumento –las leyes– son malos? No. Tener buenas leyes es vital, y principalmente ese bendito texto legal que regula los procedimientos civiles tiene que ser bueno. Si lo es, y por tanto se consigue un aumento en la percepción de eficiencia del Judicial, será un hecho que la percepción sobre la corrupción disminuirá. He ahí el meollo del asunto.

Pero no deseo incurrir en la insensatez de decir que sólo reformando íntegramente nuestro CPC lograremos una justicia eficiente. Eso equivale a no decir nada. Pienso que con algunas pocas modificaciones muy puntuales al CPC pueden obtenerse soluciones inmediatas, muchas de ellas prácticamente automáticas, pero soluciones no para los jueces ni para los abogados, sino para los justiciables, que son los que sufren con un sistema de justicia ineficiente.

No se piense que mi intención es dar entender que dichas modificaciones son non plus ultra ni que son las únicas que deben ser realizadas. Inclusive, por poseer una gran complejidad a nivel técnico ni siquiera pueden ser referidas aquí. Hay muchísimo trabajo por hacer, pero estoy absolutamente convencido que debe comenzarse por ellas. Dicho sea de paso estas soluciones deben provenir directamente del trabajo que se hace en la doctrina. En mi opinión, ella es la responsable de suscitar la intranquilidad de cambiar el terrible status quo. El objetivo no es otro que los jueces puedan juzgar bien y que el ciudadano reciba lo que aquello y exactamente aquello a que tiene derecho a recibir, parafraseando a Giuseppe Chiovenda, uno de los más grandes hombres preocupados por la mejora de la justicia civil.

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