Los juristas y las relaciones amorosas
A continuación un artículo de un querido amigo que, con enorme gentileza, aceptó que lo traduzca y lo publique en mi blog.
LOS JURISTAS Y LAS RELACIONES AMOROSAS
Por: Jonathan Darcie
Las relaciones nuevas son siempre una fase de descubrimiento. Además de conocer los gustos y disgustos de nuestras(os) amadas(os), es en el comienzo de la relación, época de definición de los rumbos y de la extensión del compromiso, que son establecidos los conceptos respecto de ellos. Por ejemplo: mi enamorada es una doctora que le gusta jugar tenis; mi enamorado es un ingeniero que ama cocinar, etc. Y para poder definir esos conceptos, necesitamos informaciones.
Yo, jurista, recientemente pasé por una experiencia de este tipo, la cual, con la mayor fidelidad posible y con omisiones de lo irrelevante, está retratada coloquialmente en el diálogo que sigue a continuación:
— Además de ser abogado, dijiste que también estudias Derecho, ¿cierto? —me preguntó ella, curiosa.
— Exacto. Estoy haciendo un doctorado en Derecho —respondí yo, contento por su interés.
— Ah, y dime, ¿cuánto tiempo dura ese curso?
— Cuatro años.
— ¡Dios mío! ¿Tanto tiempo?
— Sí —respondí yo—. Tenemos clases, realizamos muchos seminarios, preparamos varios artículos y tenemos que elaborar una tesis, o sea, un trabajo que debe contener una idea inédita de nuestra autoría.
— ¿Todo eso? ¡Debe ser bien difícil!
— Bueno, sí, es bastante exigente.
— Y, ¿tú estudias las leyes? —inquirió ella de nuevo.
— Ehhh, bueno, déjame ver cómo te explico. En realidad, nosotros estudiamos leyes y lo que está detrás de ellas, sea para definir con exactitud ciertos contenidos del Derecho, auxiliando en el trabajo de su aplicación, sea para definir ciertas estructuras comunes que el Derecho nos presenta, inclusive si son comparados los Derechos de países distintos. Inclusive por esa razón es que aquí, en Brasil, los cursos de doctorado exigen el dominio de, por lo menos, otros dos idiomas además del portugués.
— Ya, ¿pero las leyes de los países no son diferentes?
— Ehhh, sí, son diferentes.
— ¿Sirve, entonces, estudiar leyes de países diferentes? —preguntó ella algo extrañada.
Caminando en un día veraniego muy agradable, me veía, a partir de aquí, obligado a sintetizar y simplificar elecciones jurídico-filosóficas enormes en pro de la continuidad de la conversación.
— Ehhh, sí. Aunque no todo el Derecho es igual, existen ciertas estructuras de que los diferentes Derechos hacen uso y que pueden ser reconducidos a ciertas categorías comunes.
— ¿Cuál, por ejemplo?
— Como, por ejemplo, el crimen —. Pésimo ejemplo.
— ¿Pero acaso los crímenes son los mismos en todos los países? —cuestionó ella sin perder tiempo—. Porque yo sé que, en el Oriente Medio, existen varios países que prohíben varias cosas para las mujeres que aquí son permitidas…
— Es que cuando dije crimen no me refería a los varios tipos de crímenes que existen, como el homicidio, el robo, etc. Me refería a la categoría jurídica “crimen”, que muchos juristas entienden como la presencia conjunta de algunos elementos, como la previsión en ley, la ilicitud de la conducta y la culpa de quien lo cometió.
— Ah, y dime, ¿todos concuerdan con eso?
— No.
— Ah, bueno…—. Y quedamos en silencio.
***
No hay quien estudie a fondo el Derecho que no haya pasado por una consternación semejante a esa, explicándose lo que hace, sea para personas de otras disciplinas, sea para los iniciantes de la propia área.
Mas es nuestra, enteramente nuestra, la culpa por todo ese embarazo. Exageradamente preocupados por elevar su ciencia –si es que es posible así comprender el objeto de estudio– al grado de lo relevantísimo, de lo fundamental, del “ustedes-no-viven-sin-nosotros”, los juristas muchas veces intentan equipararse a los científicos de las realidades perennes, capaces, por esa misma razón, de desarrollar su objeto de conocimiento en gran parte a través de la deducción. Pregúntese a un jurista, desde los principiantes hasta los más experimentados, si piensa que el Derecho debe ser justo. Sin pestañear responderá que sí, casi siempre ignorando el convencionalismo que la noción de justicia ha cargado desde siempre.
La gran verdad –dura, sin embargo, verdad– es que no hay realidad perenne con la cual el jurista pueda ocuparse y desarrollar su objeto de conocimiento. Para su enorme tristeza, así como el Derecho es servidor de la sociedad, también el estudioso del Derecho es esclavo de las contingencias morales y políticas que ella posee, las cuales, como si no bastase la heterogeneidad de la manifestación en un mismo momento, son también variables en tiempo y espacio.
Por ello, sin megalomanía, el buen jurista es y debe ser siempre un fiel amigo de la inducción. No es de la deducción de realidades perennes y universales que proviene la grandeza del papel del jurista; antes bien, él debe preocuparse con el papel ocupado por sus verdades y por la pureza de sus juicios, no dejándose llevar por la tentación de tratar el “yo creo” como el “así es”.
Por eso, “ella” tenía razón. La respuesta es “sí”: estudio leyes, varias leyes.
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Jonathan Doering Darcie es doctorando (con estudios completos) y magíster en Derecho por la Universidade Federal do Rio Grande do Sul (UFRGS). Se graduó en la Facultad de Derecho de la Pontifícia Universidade Católica do Rio Grande do Sul (PUCRS). Actualmente professor-estagiário en la Facultad de Ciencias Contables de la UFRGS. Es socio de Doering & Darcie Advocacia.