Convenciones procesales en el CPC peruano (versión en portugués)
Comparto con ustedes una reciente publicación en que analizo críticamente los fundamentos del Código Procesal Civil peruano de 1993 y su regulación respecto de las convenciones procesales. Defiendo la idea de que, a pesar de existir algunas limitaciones, no está prohibida la posibilidad de celebrar convenciones atípicas, siempre que se interprete de conformidad con la libertad contractual.
Acto seguido, paso a dar diversas reflexiones a partir del Proyecto de Reforma del CPC. Confío en que este es un tema de la máxima relevancia para la práctica forense, puesto que, en la propia celebración de los contratos bien puede ser de gran utilidad pactar acuerdos y cláusulas que regularán la relación de las partes en el proceso. Nótese, por cierto, que esto se viene haciendo con alguna frecuencia en los convenios arbitrales.
El paper está en portugués y ya estoy preparando una versión en español. Espero sea de su agrado.