Competencia judicial
Tres nuevas entregas del curso virtual «Postulación del proceso». Esta vez se trata de la competencia judicial. ¡Espero que sea de su agrado!
Tres nuevas entregas del curso virtual «Postulación del proceso». Esta vez se trata de la competencia judicial. ¡Espero que sea de su agrado!
RESPECTO A LA COMPETENCIA DE PROCESOS NO CONTENCIOSOS…SU COMPETENCIA ES PRORROGABLE O IMPRORROGABLE?
EJEMPLO: UNA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA REGISTRAL POR ERROR DE UNA LETRA – VÍA JUDICIAL.
CUAL SERIA EL JUZGADO COMPETENTE PARA RESOLVER DICHA SOLICITUD? YA QUE EL ERROR MATERIAL SE REALIZO EN AREQUIPA Y SE SOLICITO SU CORRECCIÓN EN ICA
H.P.
Hola Hernán. La respuesta está en el art. 23 CPC: «Artículo 23.- En el proceso no contencioso es competente el Juez del lugar del domicilio de la persona que lo promueve o en cuyo interés se promueve, salvo disposición legal o pacto en contrario.».
Saludos,
RC