Libertad y proceso civil
Segundo video del curso virtual «Postulación del proceso».
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Gracias por el curso. ¿No cree que esos problemas de parcialidad del juez que otorga cautelar en alimentos son aparentes en atención a la política del artículo cuatro de la Constitución Política?
Hola Mario. No es aparente: es propiamente una pérdida de parcialidad que el art. 4 Const. ni la Declaración de los Niños lo autoriza. La solución no pasa por dotar al juez de funciones de abogado, sino mayor asesoría gratuita y pública para que pueda plantearse la asignación anticipada. Slds!